La propuesta de la Renta Básica de Ciudadanía
De ella podría decirse, remedando libremente a
Bertolt Brecht: “Es razonable, para todos comprensible. Es sencilla./
Vos no sos un explotador, la podés entender./ Es buena para vos,
informate./ Los necios la llaman necia, y los sucios, sucia./ Va contra
la suciedad y la necedad./ No es una tontería, sino,/ acaso, el final
de mucha tontería./ Es lo fácil,/ que siempre es difícil”
La propuesta de un Ingreso Ciudadano o Renta Básica de ciudadanía (RB),
que comenzó siendo una respetable idea académica, ha salido en los
últimos años de las aulas. Y de manera espectacular. Una muchedumbre de
partidos políticos, organizaciones sindicales, movimientos y foros
sociales han ido, de uno u otro modo, tomándola en consideración (1) .
El caso es que la propuesta de la RB está ya expresamente incluida, por
ahora sólo retóricamente, en los objetivos programáticos declarados de
gobiernos y países tan distintos como el de Lula en Brasil y el del
tripartito de izquierda en Cataluña.
Aquí expondremos las características generales de la RB que ayudan a
despejar las confusiones más habituales; esbozaremos algún ejemplo de
cómo podría ser financiada; y apuntaremos brevemente a su justificación
normativa y a su oportunidad política en el mundo actual.
La definición y las confusiones
La propuesta de la RB ha sido definida de formas no exactamente
iguales, pero de entre ellas hay una que difícilmente puede ofrecer
dudas. Es la siguiente: la RB es un ingreso pagado por el estado a cada
miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no
quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es
rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cuáles
puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con
quién conviva.
No se trata pues de subvención, subsidio o seguro condicionado alguno.
Ni presupone la satisfacción de algún requisito, como, por ejemplo,
demostrar un determinado estado de pobreza, estar buscando trabajo
remunerado, haber perdido (por la circunstancia que sea) el empleo.
Esta característica tan distintiva de la RB, la de no estar
condicionada a requisito alguno, sino al de la ciudadanía o residencia
acreditada, la distingue de forma neta, por poner solamente algunos
ejemplos, del subsidio de paro, de los subsidios agrarios, de los
programas como “jefes y jefas de familia”, etc.
Aunque la definición ofrecida es clara y
distinta, no ha logrado evitar que a lo largo de estos últimos años se
hayan producido dos tipos de confusiones. El primer tipo de enredo lo
ha provocado el hecho de que bajo diferentes denominaciones, diversos
autores han querido referirse a lo mismo (2) . El segundo tipo de
confusión es precisamente el contrario: que bajo la misma denominación
se han querido expresar a menudo conceptos muy diferentes.
Los subsidios condicionados no son la Renta Básica
Algunos piensan que la característica de universalidad de la RB no es
justificable y siguen defendiendo los subsidios dirigidos a los que
“más lo necesitan”. Si bien después se entrará en otras razones, véase
ahora las ventajas que presenta la RB con respecto a los subsidios
condicionados dirigidos a los “más pobres”.
1) La RB permite, en primer lugar, en la medida en
que constituye una asignación incondicional, garantizada, sortear los
elevados costes asociados al examen de recursos que cualquier subsidio
condicionado exige; la simplificación administrativa que con la RB se
alcanza puede ser crucial con vistas a una efectiva racionalización de
las políticas sociales y de redistribución de la riqueza.
2) El hecho de que la RB se garantice ex-ante, la
convierte en una medida esencialmente preventiva de la exclusión.
3) A diferencia de los subsidios condicionados, la RB
no constituye un techo, sino que define sólo un nivel básico, a partir
del cual las personas pueden acumular cualquier otro ingreso.
4) La RB permite eludir la llamada "trampa de la
pobreza", la cual aparece cuando la percepción de los beneficios,
fiscales o de otro tipo, se halla condicionada a la verificación, por
parte de las autoridades, de la suficiencia de los ingresos recibidos
dentro del mercado laboral.
5) La incondicionalidad de la RB trae consigo también
la promesa de erradicar o mitigar diversos modos asistenciales fundados
en el clientelismo, y en los diversos y nocivos efectos conocidos de
éste: formación de una burocracia parasitaria, formal o informal;
robustecimiento de las relaciones de dependencia; desorganización de la
vida política autónoma de los estratos más pobres o necesitados de la
población.
6) Y aun hay que decir, finalmente, que la RB permite
evitar los daños psicológicos y morales vinculados a la estigmatización
social del perceptor de un subsidio condicionado.
La financiación
De la implantación de la RB podrían verosímilmente esperarse todas esas
bondades, y aun otras más indirectas, como la previsible remodelación
del mercado de trabajo a favor de las condiciones de negociación
salarial de los trabajadores ocupados en empleos más precarios o menos
gratificantes. Pero ¿es financiable? La respuesta a esta pregunta ha
ido perfilándose con cada vez mayor precisión, señaladamente en los
últimos 2 o 3 años. Si bien ha habido formas muy diferentes de abordar
la financiación (redistribución del gasto público, impuestos
especiales…), la modalidad que por poderosas razones está imponiéndose
entre los estudiosos económicos de la RB es la que incluye una reforma
de los impuestos sobre la renta. Como ejemplo mas reciente, expondremos
muy resumidamente un estudio realizado a partir de una gran muestra
(210.000 declaraciones del impuesto de la renta de las personas
físicas) de Cataluña (3) .
Esta base de datos permite un conocimiento exhaustivo de los
rendimientos netos, susceptibles de ser grabados fiscalmente. Las
principales características de la propuesta son: 1) se trata de una RB
universal pagada directamente a cada individuo de forma incondicional;
2) la RB reemplaza cualquier otro tipo de renta o pensión pública de
cantidad inferior (en el caso de que la antigua percepción sea más
alta, la RB se complementaría hasta llegar a la citada percepción); 3)
La cantidad anual es de 5.414,4 euros por adulto y de 2.707,2 euros
(4) para los menores de 18 años; 4) Se establece un tipo único
del 57,5% para todas aquellas renta superiores a la RB, la cual está
completamente exenta de impuestos. Este 57,5% nominal es un tipo real
muy distinto según el decil de renta (5) ; 5) se elimina cualquier tipo
de desgravación.
Con estas características, el modelo de simulación (que en realidad
permite innumerables variaciones, cambiando solamente el tipo único, o
introduciendo tramos) llega a los siguientes resultados: 1) La reforma
se autofinancia, es decir, que con el tipo único indicado y la reforma
especificada, la RB no debería ser financiada por otros impuestos; 2)
La redistribución de la renta que resulta es mucho más igualitaria
(6) que en la situación de partida. 3) Aproximadamente, el 70% de
la población con menos renta saldría beneficiada de la reforma, el 20%
más rico perdería y un 10% quedaría indiferente.
Cabe subrayar que, cambiando la base de datos, este estudio de
microsimulación es perfectamente aplicable a países con sistemas
fiscales parecidos.
Este ejemplo no es exportable sin más a países con
medios públicos modestos, como los latinoamericanos. No sólo por la
escasez de recursos sino por la menor capacidad y eficacia fiscal y
recaudatoria de sus respectivos gobiernos. Por eso en la Argentina, por
ejemplo, los partidarios de la RB (7) proponen un programa de
cumplimiento por etapas, empezando por los menores de edad.
Y por eso también, se piensa en la posibilidad –por mencionar sólo una—
de financiar una RB para los países con menos recursos a partir de
iniciativas internacionales como el establecimiento de un fondo público
constituido a partir de la “tasa Tobin”. En iniciativas como ésta
última, la fraternidad internacional entre los pueblos debería venir
aquí activamente en socorro de la pericia técnica y del buen sentido
económico de las medidas adoptadas.
Una propuesta para aumentar la libertad real de la ciudadanía, y para luchar contra los procesos neoliberales de desposesión
En 1997, los 500 ejecutivos más importantes –es decir, mejor
remunerados—del mundo se reunieron en el Hotel Fairmont de San
Francisco. Allí se acuñó por vez primera –hasta donde sabemos— el
nombre de la sociedad hacia la que, según esa esclarecida elite
transnacional, nos encaminamos a corto plazo: la “sociedad 20/80”, esto
es, compuesta por un 20% de individuos imprescindibles para el
funcionamiento de la maquinaria económica globalizada, y por lo tanto,
dotados de trabajos estables, y un 80% restante ocupado, cuando lo
esté, en trabajos precarios, inseguros, temporales, informales o
irrelevantes, y siempre, azacaneados (8) . Esto es todo un programa
político de “lucha de clases desde arriba”. William Buffet, una de las
grandes fortunas del mundo, ha declarado redondamente en marzo de 2004,
que “si se está librando una guerra de clases en América, mi clase
lleva claramente las de ganar” (9) .
En ese programa, el 80% largo de la población mundial queda fuera de
toda capacidad de control, directo o indirecto, político o vagamente
social, de los resortes de decisión de la vida económica. Es un
programa en ejecución, que conlleva la concentración del poder
estratégico de decisión económica en una exigua cúspide, capaz de
desafiar cada vez con más éxito a los estados y gobiernos democráticos.
Y es, a la vez, un programa de dispersión y desarticulación, de
desorganización, de las fuerzas sociales del trabajo operativo. Tiene,
además, por corolario la exclusión de una masa creciente de
desheredados sin esperanza, arrojados fuera del sistema. Ya hoy se
puede calcular que cerca de 1.000 millones de personas están
funcionalmente desconectados del sistema económico mundial, formal o
informal: expropiados de sus modos ancestrales de subsistencia por un
capitalismo neofinanciero depredador y privatizador, migrados a las
ciudades miseria, y allí abandonados a su suerte, en los países del
llamado tercer mundo. O, como en muchos países del llamado primer
mundo, desposeídos crecientemente de los más o menos modestos derechos
sociales y asistenciales que fueron el timbre de gloria del capitalismo
reformado de la segunda postguerra. Aquel capitalismo productivista a
ultranza, que atrajo a amplios estratos obreros y populares por su
aparente capacidad para dar a las poblaciones trabajadoras bienestar y
una especie de ius in re aliena en la vida económica industrial; que
sedujo a muchos por su disposición a disciplinar regulatoriamente al
capital financiero; y que pareció haber puesto fin al semillero de
catástrofes que había sido desde el último tercio del XIX el
capitalismo de casino tradicional, intentando una resuelta “eutanasia
del rentista” (Keynes).
¿Qué puede esperarse, en un mundo así, de una propuesta modesta como es
la de una RB? No mucho, si la RB es concebida solamente como un
conjunto de medidas contra la pobreza. Menos aún, si es entendida como
una dádiva para los desposeídos del primer mundo; o como un
amortiguador de la crisis de los Estados de Bienestar europeos.
Pero la pobreza no es sólo privación y carencia material. Es también
dependencia del arbitrio o la codicia de otros, quiebra de la
autoestima, aislamiento y encapsulación social de quien la padece;
alienación, como se decía antes.
Ahora bien; una buena RB aumentaría la libertad de la ciudadanía; haría
a los pobres y a los desposeídos más independientes. Más
independientes, y por lo mismo, más prontos también a organizarse. Más
capaces de resistir a los procesos de desposesión y de forjar
autónomamente las bases materiales de su existencia social: más capaces
de librarse del cáncer desorganizador de los “punteros”, y en general,
del parasitismo autoritario de los patronazgos; y más capaces, también
materialmente, de fomentar el asociacionismo y el cooperativismo, de
llevar a cabo iniciativas como las de la recuperación de fábricas y
empresas abandonadas o echadas a perder por la incuria especulativa de
sus propietarios. Más capaces de luchar contra las políticas
neoliberales, promotoras de la polarizada desigualdad entre los países
ricos y los países pobres, y dentro de cada país, entre los ricos y los
pobres.
La RB tiene unos rasgos formales de laicidad, incondicionalidad y
universalidad exactamente idénticos a los del sufragio universal
democrático. Porque, igual que al voto, se tendría derecho a ella por
el sólo hecho de existir como ciudadano –o residente acreditado—,
independientemente del sexo o de la raza a los que se pertenezca, del
nivel de ingresos que se tenga, o de la confesión religiosa que se
profese.
La lucha por la república, la democracia y el sufragio universal fue el
eje central del desarrollo del movimiento obrero socialista en el siglo
XIX y primer tercio del XX. Fue una lucha en parte instrumental; se
quería la democracia para otra cosa (el socialismo, la justicia
redistributiva, la plena libertad económica de los que viven por sus
manos, etc.). Pero fue mucho más que una lucha instrumental. A la
universalidad y a la incondicionalidad del sufragio se les acabó
asignando valor por sí mismas, convertidas en un punto innegociable de
justicia y dignidad, fueran cualesquiera las consecuencias que los muy
antidemocráticos liberales decimonónicos, partidarios acérrimos del
sufragio censitario, vociferaran que traía consigo.
De la presente e incipiente lucha por una RB tal vez se diga lo mismo
en el futuro. Tiene, desde luego, un lado instrumental, se quiere para
acabar con la pobreza, para poner freno y coto a las políticas
neoliberales desposeedoras y esquilmadoras, para evitar que el grueso
de la población mundial tenga que pedir diariamente permiso a otros
para poder subsistir, etc. Pero ¿quién quita que no se convierta en
algo más, y que la exigencia de una RB cristalice en los movimientos
sociales y en la opinión pública democrática como un punto innegociable
de justicia y dignidad, con valor por sí mismo, fueren cualesquiera las
consecuencias que los muy antidemocráticos neoliberales del siglo XXI,
acérrimos partidarios del paraíso de necios de una sociedad
neocensitaria 20/80, vociferen que trae consigo?
(Este artículo, algo más abreviado, fue publicado en el número 73 de Le Monde diplomatique, edición del Cono Sur)
* María Julia Bertomeu es filósofa por la Universidad Nacional de La
Plata. Profesora titular ordinaria de Ética de la Universidad Nacional
de La Plata e Investigadora del Conicet, Argentina. Antoni Domènech es
filósofo y catedrático de Filosofía Moral en la Facultad de Económicas
de la Universidad de Barcelona; autor de El eclipse de la fraternidad
(Barcelona, Crítica, 2004). Daniel Raventós es economista y profesor
titular de Sociología de la misma facultad y universidad, y presidente
de la Red Renta Básica (www.redrentabasica.org); autor de El derecho a
la existencia (Barcelona, Ariel, 1999).
NOTAS
1 Una reciente muestra de esto último sería la cantidad y calidad de
ponencias presentadas en el X Congreso de la Basic Income European
Network (ahora ya Basic Income Earth Network) realizado en Barcelona en
septiembre de 2004. Pueden obtenerse en www.basicincome.org
2 Así, por ejemplo, “Ingreso Ciudadano” (la forma que ha sido adoptada
por los autores que en Argentina han trabajado esta propuesta social,
como es principalmente el caso de R. Lo Vuolo y A. Barbeito, el Centro
Interdisciplinario para la Investigación de Políticas Públicas –CIEPP-,
pero también por la Central de Trabajadores Argentinos, CTA), “Subsidio
Universal Garantizado”, “Ingreso Mínimo”, entre otros
3 Para un mayor detalle véase
www.nodo50.org/redrentabasica/textos/index.php?x=331, en donde se
expone casi la totalidad de este estudio realizado por J. Arcarons, À.
Boso, J. A. Noguera y D. Raventós.
4 Es decir, de unos 7.000 y 3.500 dólares, respectivamente, al cambio
de principios de 2005. Evidentemente se trata de unas cantidades que no
tienen que ser las mismas según el país. Así como para Alemania
resultarían pequeñas, para Argentina resultarían altísimas y para
Ecuador, por último ejemplo, exorbitantes. Para que el lector
latinoamericano se haga una idea, el umbral de pobreza para una
familia-tipo del Reino de España –dos adultos, dos menores— es de unos
9.000 euros al año. Con una RB como la propuesta, esa familia tendría
unos ingresos anuales, solamente por este concepto, de más de 16.200
euros.
5 Efectivamente, si calculamos el tipo efectivo (el porcentaje que
realmente se paga después de haberle transferido la RB) por decilas de
renta (es decir, ordenando a la población según renta y dividiéndola en
10 partes iguales), resulta que del 10% al 50% de la población, la
mitad más pobre, tiene un tipo negativo (del -269% al -4,70%). En el
último tramo, el que agrupa al 10% más rico, el tipo efectivo
resultante es del 45%.
6 Los índices de Gini y de Kakwani así lo muestran
7 Buena parte de los cuales están agrupados en la Red Argentina de
Ingreso Ciudadano, una de las 11 secciones oficiales que la Basic
Income Earth Network tiene en 3 continentes.
8 A. Domènech, La Renta Básica y las amenazas actuales a la democracia.
Ponencia presentada en el X Congreso de la Basic Income European
Network (Barcelona, septiembre-2004).
9 Citado en La Renta Básica y las amenazas...