Consideradas internacionalmente como instrumentos de tortura
El Gobierno de Canarias autoriza a los policías locales el uso de pistolas eléctricas
| Canarias es la única comunidad autónoma que ha autorizado a sus policías locales la utilización de armas de electrochoque. El Ministerio del Interior ha reconocido oficialmente a Amnistía Internacional que, por los riesgos que entraña, el uso de estas armas por la policía se considera inapropiado. |
La extensión de las armas de electrochoque entre los agentes
encargados de hacer cumplir la ley está contribuyendo de forma directa
al aumento de la tortura y los malos tratos. “La electricidad habla
todos los idiomas conocidos por el hombre. No es necesaria la
traducción. Todos temen la electricidad y tienen razón”, afirmó Dennos
Kaufman fabricante de armas eléctricas.
El Gobierno de Canarias ha autorizado a los policías locales el uso de
armas paralizantes de electrochoque, y son ya varios los municipios
canarios cuyos agentes las vienen utilizando. La Academia Canaria de
Seguridad, dependiente de ese mismo Gobierno, promociona e incentiva el
uso de estas pistolas eléctricas negando sus riesgos y ocultando las
denuncias internacionales sobre su utilización abusiva. Ministerio del
Interior confirmó oficialmente que “por los riesgos que entraña, el uso
de estas armas por agentes encargados de hacer cumplir la ley, no se
considera apropiado”.
La mayoría de los instrumentos empleados para infligir dolor y
sufrimientos extremos no son nuevos. Sin embargo, los torturadores
emplean, cada vez mas, armas que incorporan los últimos avances
tecnológicos, en especial, armas paralizantes de electrochoque. Para
Amnistía Internacional la situación es grave y preocupante ya que las
informaciones recibidas indican que la extensión de las armas de
electrochoque entre los agentes encargados de hacer cumplir la ley está
contribuyendo de forma directa al aumento de la tortura y los malos
tratos. Como señala dicha organización en su Informe especial “Armas
para los torturadores: Tortura mediante descargas eléctricas y
extensión de los aparatos de inmovilización” este tipo de armas resulta
especialmente atractivo para los agentes de policías dado su carácter
portátil, la facilidad con la que se pueden ocultar, sus efectos
paralizantes y dolorosos así como por lo difícil que puede resultar
detectar las señales de su aplicación, razón fundamental que explica su
rápida proliferación.
Desde 1990, Amnistía Internacional ha documentado estas violaciones en
al menos 50 países y en 18 de esos hubo indicios de empleo de armas
ligeras de electrochoque en tales violaciones. El avance de la técnica
al servicio del dolor y la tortura. Las armas de electrochoque se han
aplicado deliberadamente y, a menudo con reiteración, en zonas
sensibles del cuerpo de presos o detenidos, como axilas, cuello, cara,
pecho, abdomen, interior de las piernas, planta de los pies, interior
boca, órganos sexuales, ano, etc. Las consecuencias inmediatas de la
tortura mediante descargas eléctricas varían de una persona a otra y
dependen de cómo se inflija la tortura, pero siempre causa dolor agudo,
pérdida de control muscular, nauseas, convulsiones, desmayos así como
defecación y orina involuntarias.
De la variada gama de armas de electrochoque (varas, bastones,
pistolas, etc) ha adquirido una especial proyección comercial las
pistolas marca “taser” dispositivo que dispara dardos conectados a un
cable de varios metros que impacta en el cuerpo o la ropa de la víctima
para que desde cierta distancia se inflija una descarga eléctrica de
50.000 voltios. Esta pistola eléctrica ha tenido gran éxito en Estados
Unidos y es, precisamente, el tipo de arma autorizada por el Gobierno
de Canarias para los policías locales.
Estados Unidos: “paraíso” de la seguridad
En los años 70 comenzó a introducirse el uso de armas de electrochoque;
en la actualidad, las Taser vienen siendo utilizadas en más de 7.000 de
los 18.000 organismos policiales en Estados Unidos. En noviembre de
2004, Amnistía Internacional publicó un exhaustivo informe titulado
“Estados Unidos: ¿Fuerza excesiva y letal? Motivos de preocupación de
Amnistía Internacional por las muertes y los malos tratos relacionados
con el uso de armas Taser por parte de la policía”, en el mismo se
denunciaba el importante incremento de muertes relacionadas con dichas
armas; la falta de estudios independientes y rigurosos sobre los
efectos que los dispositivos de electrochoque tienen sobre la salud de
las personas; el uso de las taser como instrumento habitual de fuerza y
no como último recurso sustitutivo de las armas de fuego; así como que
su uso excesivo y desproporcionado constituye tortura o trato cruel,
inhumano o degradante para las personas.
Uno de los casos de mayor repercusión mediática de uso de estas armas
en el contexto de una brutal agresión policial fue la paliza televisada
propinada por agentes de la policía de Los Ángeles a Rodney King que
precedió a los disturbios ocurridos en esa ciudad en 1992. En el vídeo
se veía al sargento intentando evitar que los cables (tras ser
disparada el arma e impactar los dardos en el cuerpo de King) se
rompieran o enredaran, aparentemente más preocupado por su “juguete”
que por controlar los agentes que en ese mismo instante apaleaban
brutalmente a King, mientras la descarga infligida por la pistola
eléctrica le hacía más vulnerable a los golpes. Precisamente, la Corte
del Condado de los Ángeles recomendó al Departamento del Sheriff que
sustituyera las pistolas taser, pero dicho Departamento rechazó la
recomendación.
¿Arma “no letal”?
Los fabricantes de estas armas y sus apologistas niegan que se haya
producido muerte alguna por causa de su uso y que no provoca efectos
secundarios. Que constituye un método no letal que sirve para salvar
vidas, pero, paradójicamente no sustituye ni debe sustituir el arma de
fuego reglamentaria. La realidad constatada como afirma Susan Le,
directora del Programa Regional para América de AI, es que “el aumento
del número de muertes de personas que han recibido descargas de armas
Taser hace que sea más urgente que nunca la necesidad de una
investigación completa, independiente y rigurosa”.
Ciertamente, según ha registrado Amnistía Internacional más de 150
personas han muerto en USA tras recibir descargas de armas Taser desde
junio de 2001 (sólo en 2005 fueron 61 los fallecidos) y la cifra va en
aumento. La mayoría de las víctimas fueron sometidas a descargas
múltiples o prolongadas. En la mayoría de los casos, se ha atribuido la
muerte a otros factores como “delirio con excitación” asociado con
intoxicación de drogas o lucha violenta, pese a ello, en 23 casos
referidos los médicos forenses han determinado que el uso de las Taser
han sido la causa de la muerte o factor que contribuyó a ella
(concausa o causa concurrente). En 3 de las muertes acaecidas en
2005 el uso del arma Taser fue la causa principal establecida.
El patólogo forense Terence B Allen recoge en un artículo publicado en
la Journal of Forensic Sciences la opinión de varios compañeros según
la cual “ciertas afecciones, como el consumo de drogas y las
enfermedades del corazón pueden incrementar el riesgo de que la pistola
taser resulte mortal” añadiendo “parece lógico que un dispositivo capaz
de despolarizar el sistema músculo-esquelético pueda también
despolarizar los músculos del corazón y causar fibrilación en
determinados casos”. Por su parte, el Parlamento Europeo ha venido a
reconocer el riesgo objetivo que entraña para la vida y la salud de las
personas estas armas y la ausencia de estudios médicos rigurosos y
consistentes, al solicitar a la Comisión Europea, mediante Resolución
de 3 de octubre de 2001, que se “suspendan las transferencias de
equipos cuyos efectos médicos no se conozcan plenamente, como las armas
de electrochoque de alto voltaje, mientras no se realice una
investigación rigurosa e independiente sobre estos efectos”(punto 12).
Primero dispara y luego pregunta: Uso “preventivo”- Uso abusivo de las taser.
Uno de los pocos estudios realizados respecto de los patrones de uso de
las “taser”, al que tuvo acceso AI, revelaba que entre julio de 1980 y
1985, en el servicio de urgencias de un hospital de Los Ángeles se
recibieron 218 pacientes que habían recibido disparo de pistola taser y
que en el 76 % de los casos los policías realizaron el disparo por lo
que describieron como un “comportamiento raro, pero no necesariamente
violento”, el 40 % por un comportamiento extraño y extremadamente
hostil (“con violencia directa”) y el 5 % por un comportamiento extraño
y descontrolado con “nudismo” (sic). Los datos recabados por AI
confirman que la mayoría de las personas fallecidas tras recibir
descargas de taser eran hombres desarmados cuyo comportamiento, aunque
descontrolado o extraño, no hacía suponer racionalmente una amenaza
para la integridad de los agentes, terceras personas o si mismo, en el
momento en que recibieron la descarga.
Las taser como instrumentos de tortura internacionalmente reconocido.
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en su
Resolución sobre tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles o
degradantes, adoptada el 25 de abril de 2001 hizo un llamamiento a los
Estados para que tomaran medidas apropiadas, incluidas legislativas,
para prevenir y prohibir, entre otras cosas, la exportación de
materiales diseñados para infligir tortura u otros tratos o penas
inhumanas, crueles y degradantes.
Dicha Resolución, en este punto ha sido confirmada por sendas
Resoluciones de 16 de abril de 2002, 23 de abril de 2003, 19 de abril
de 2004 y 19 de abril de 2005. Del mismo modo, el Relator Especial
sobre la cuestión de la tortura, Theo van Boven, aborda en un estudio
de 13 de enero de 2003 la situación del comercio y producción de equipo
concebido para infligir tortura u otros tratos inhumanos, en dicho
estudio se hace referencia expresa a las armas de electrochoque como
instrumentos de tortura o para infligir otros tratos inhumanos.
A nivel comunitario, la consideración jurídica de las armas de
electrochoque como instrumentos utilizables para aplicar tortura la
encontramos en el Reglamento del Consejo nº 1236/2005, de 27 de junio
de 2005, sobre comercio de determinados productos que pueden utilizarse
para aplicar la pena de muerte, o infligir tortura u otros tratos o
penas inhumanas, crueles o degradantes. En el Anexo II de dicho
Reglamento se incluye como “productos” utilizables para infligir
tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles o degradantes, los
“dispositivos portátiles para provocar descargas eléctricas incluidos
entre otros picanas, escudos eléctricos, armas aturdidoras y pistolas
que disparan dardos eléctricos de una tensión en circuito abierto
superior a 10000 voltios”.
“La electricidad habla todos los idiomas conocidos por el hombre. No es
necesaria la traducción. Todos temen la electricidad y tienen razón”,
estas palabras pronunciadas por Dennos Kaufman, propietario de una de
las empresas norteamericanas dedicadas a la fabricación de pistolas
eléctricas y otros instrumentos similares, expresan con evidente
descaro la relación que media entre dolor, miedo, tortura y armas de
electrochoque; esa relación es lo que venden las empresas
multinacionales a los gobiernos de los Estados dispuestos a mantener el
control social y el orden establecido a cualquier precio.
Canarias: “una tierra única”
El Gobierno de Canarias ha llegado más lejos que nadie. Canarias es la
única comunidad autónoma del Estado que ha autorizado a sus policías
locales la utilización de armas de electrochoque, sentando un peligroso
precedente. La Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias
mediante Orden de 16 de febrero de 2001 (BOCA 28/2001, de 2 de marzo)
modificada por otra posterior Orden de 17 de junio de 2002 (BOCA
88/2002, de 28 de junio) ha autorizado a los Ayuntamientos la
disposición y utilización como material “básico” en el equipamiento de
sus policías locales “del arma eléctrica inmovilizadora con un alcance
mínimo de 2 metros” añadiendo que “se dispondrá de un elemento por cada
vehículo policial que se encuentre de servicio” (artículo 3).
Resulta significativo al tiempo que preocupante el hecho constatado de
que mientras que la Orden de 16 de febrero de 2001 incluía las armas
eléctricas como material meramente opcional en el equipamiento
policial, lo cual era en si mismo negativo, por su parte la Orden de 17
de junio de 2002 viene a modificar la anterior en el sentido de
establecer que las pistolas eléctricas formen parte necesaria del
material “básico” lo que supone la exigencia de que todas las policías
municipales tengan que adquirir y disponer de dichos instrumentos.
Del mismo modo, resulta preocupante la ausencia de regulación en cuanto
a su utilización, es decir, se autoriza su uso pero no se regula
jurídicamente mediante protocolos su utilización concreta dejando “en
manos” de los agentes un amplio margen de discrecionalidad que
acrecienta los riesgos de uso abusivo, malos tratos y tortura. Lo
cierto es que desde la Dirección General de Seguridad y Emergencias del
Gobierno de Canarias así como desde la Academia Canaria de Seguridad se
fomenta activamente el uso de las armas de electrochoque ocultando de
forma deliberada las denuncias internacionales en cuanto su uso como
instrumento para infligir malos tratos y tortura; se niega los efectos
secundarios y riesgos para la integridad y vida de las personas que
sufren las descargas; y se trasmite una imagen falsa de “eficacia”
policial asociada a una mal entendida “modernidad” que encubre
realmente la configuración de un modelo policial represivo, de fascismo
ultraperiférico, alejado del respeto a los derechos humanos y generador
de una mayor violencia social. Y así la Academia Canaria de Seguridad
se dedica ha organizar con fondos públicos cursillos por las distintas
islas para adiestrar a los policías en el uso de las armas de
electrochoque como el desarrollado en La Palma el 26 de mayo de este
año titulado “Uso y manejo del arma eléctrica”.
Mientras que, por su parte, en la revista publicada por la Consejería
de Presidencia “Policías de Canarias” incluyen “publirreportajes”
carentes del menor rigor como el publicado en su nº 4 de enero de 2004
donde se describe con admiración las ventajas y beneficios que
proporcionan a los policías las taser como instrumentos de trabajo. En
dicho publirreportaje se describe la magnífica experiencia de recibir
el impacto de uno de los dardos de las taser al tiempo que descarga
50000 vatios, al decir que “este tipo de arma en primer lugar ocasiona
un efectos disuasorio, ya que el ruido es muy similar al que produce un
arma de fuego. Este efecto sonoro provoca un momento de desconcierto
inicial. De pronto, una vez recibido el impacto, la persona observa que
va perdiendo el control sobre sus extremidades, cae al suelo.
De esta manera, la primera impresión que siente el que ha recibido el
impacto es que le han disparado con arma de fuego”; añadiendo que “es
una sensación extraña para la persona que lo recibe porque pasados
varios segundos se da cuenta de que puede hablar, de que puede ver pero
que, momentáneamente, no puede mover sus extremidades”; verdaderamente
una experiencia única que nos hace reflexionar acerca de la suerte que
tenemos de vivir aquí. En este mismo artículo se afirma sin rubor que
“el arma Táser no provoca efectos secundarios de ningún tipo” al tiempo
que se explica para qué supuestos está indicada su utilización como
pueden ser los “casos en los que es preciso inmovilizar a una persona
en concreto por el peligro que suponía para sí mismo o para los demás;
en casos de personas con síndromes de demencia que se ‘atrincheran’ en
un lugar determinado o en casos de intento de suicidio”(sic), lo que
resulta tremendamente tranquilizador.
Probablemente no sepamos apreciar las “ventajas” de estas armas y su
efecto “terapéutico” sobre quién trata de suicidarse al hacerle sentir
la maravillosa experiencia de creer que lo están matando tras haber
recibido un disparo con arma de fuego con pérdida de la capacidad de
habla, vista y control de extremidades. Ironías al margen, la gravedad
de los riesgos asociados al uso de las armas de electrochoque son
evidentes y reconocidas oficialmente por el Ministerio del Interior.
Tras la muerte del agricultor Juan Martínez Galdeano el 24 de julio de
2005 en dependencias de la Guardia Civil de Roquetas, tras la brutal
agresión recibida por guardias civiles donde se utilizó un bastón
eléctrico, ha saltado a la opinión pública la realidad de los abusos y
malos tratos en dependencias policiales. Escasos meses antes, la
Dirección General de la Guardia Civil mediante escrito de 25 de febrero
de 2005 manifestó a Amnistía Internacional que “oficialmente” dicho
cuerpo policial no hacía uso de armas eléctricas. Posteriormente, el 26
de abril, el Ministerio del Interior confirmó oficialmente a Amnistía
Internacional que “por los riesgos que entraña, el uso de estas armas
por agentes encargados de hacer cumplir la ley, no se considera
apropiado”. Canarias, pese a todo, sigue siendo una tierra
única.
* José M. Pérez Ventura. Abogado.